sábado, 22 de mayo de 2010

Norberto Bobbio Democracia y Sistema Internacional

[El filósofo y la política: segunda parte]
Introducción.-

En el anterior artículo, observamos que Bobbio aporta la figura del “Tercero para la paz”, es decir, el paso del Estado Polémico al Estado Agonista mediante el compromiso de no uso de la fuerza para la resolución de conflictos y de reglas para la resolución pacífica de conflictos. Asimismo, desarrolla ampliamente los distintos tipos de pacifismos (institucional, instrumental y ético).

Otro punto que merece destacar es el concepto del “equilibrio del terror” como orden precario en el sentido que no se sustenta en pactos sino en la amenaza absoluta. En tanto actor central del sistema, la ONU es estudiada como manifestación institucional del pacto universal para el orden, pero carente de poder coercitivo para forzar al cumplimiento de sus decisiones

En el presente artículo, Bobbio analiza el orden democrático universal formado por Estados igualmente democráticos. ¿Esto permitiría el buen funcionamiento de las democracias constituidas en los Estados del Sistema Internacional? y que ¿permitiría la paz perpetua propuesta por Kant? Veamos:

Democracia y Sistema Internacional

Bobbio en su análisis de la “democracia y el sistema internacional” parte de dos grandes dicotomías: “democracia/ autocracia”, “paz/guerra”, la primera se resuelve en la dicotomía: “autonomía/heteronimia” y la segunda entre “nomia /anomia ”, de las cuales la primera dicotomía es “una subespecie de la dicotomía nomia/anomia”. Inmediatamente se pregunta “¿cuál es la relación de las dos formas nómicas con la guerra anomia; guardan el mismo tipo de relación, o es distinta?”, para llegar a dos interrogantes que resumen el debate arriba mencionado: “¿Es posible un sistema democrático internacional entre Estados autocráticos?”; y, “¿es posible un sistema autocrático internacional entre Estados democráticos?”; apuntando que, “no es para responder sino para evidenciar” el cruce de “los problemas que se gestan en la confrontación entre las dos dicotomías”. Lo que interesa, según Bobbio, es la posibilidad de ser “democrático en un universo que no lo es”

Remarca el autor que, “la actual situación del sistema internacional… es de estrecha interdependencia y de internacionalización de la política interior” que tiende a favorecer “soluciones de tipo autoritario” más que democráticas. Esto limita a los Estados legalmente constituidos en “sus relaciones internacionales”, que se traduce en la irrefutable facticidad no democrática de la mayoría de los Estados y por ello vale detenerse a observar el segundo punto: “el sentido y el motivo por el que la actual sociedad internacional no puede definirse como democrático”, Indica que el punto de partida de la historia de la humanidad es el “estado anómico” del contrato social que perdura, “en parte en las relaciones internacionales como un estado de guerra permanente”; aunque no en acto, sino en potencia; y el punto de llegada es “el estado civil, como una situación de paz notable, aunque no perpetua”.

Entonces, siempre con Bobbio, el primer pacto es negativo y es el de “no agresión entre los individuos”: se trata de un compromiso bilateral entre partes “contrayentes de excluir el uso de la violencia en sus relaciones”. Y, “en su calidad de puramente negativo el pacto de no agresión es el único supuesto para la ulterior institución de la sociedad civil”. El segundo pacto es positivo, cuando los participantes conforman normas para la solución pacífica de los futuros conflictos. Este segundo “marca el tránsito del estado polémico al estado agonista”, sin embargo esta salida al “estado agonista”, “no significa el tránsito a un estado no conflictivo”, sino a una nueva manera de resolver los conflictos. No obstante, esto no implica que ambos pactos puedan ser quebrantados; por ello, según nuestro autor “es necesario dar un paso más” y “evitar que la fuerza, que fue rechazada como solución de conflictos secundarios, se emplee para dar solución a los conflictos primarios”; Ergo, no hay otra solución al margen de la mediación de un “Tercero”, individual o colectivo, “distinto de los contrayentes”

El tránsito de una contexto “polémico” a la “agonista” constituye la aparición de un Tercero, explica Bobbio, sin embargo se puede decir que en el estado polémico existe un “tercero aparente” que puede ser un “aliado o un neutral”. Éste no toma parte por ninguno de los contrincantes, es un “Tercero pasivo”; indica que, únicamente en el “estado agónico” surge la figura del “Tercero activo”; pues, “interviene directamente en la solución del conflicto”. Con todo, este primer “Tercero activo” sólo es mediador, no “sustituye a la búsqueda de solución”; el segundo Tercer pasivo denominado árbitro, es a quien las “partes delegan la decisión asumiendo el compromiso de sometérsele”. Finalmente, el “Tercero es el juez” con atribuciones y “autorizado por una instancia superior a intervenir para poner remedio al conflicto, y que se constituye así plenamente en un tercero súper partes”. Esta fase es el momento en que el “estado agonista” (estado intermedio que vive en el pacto de asociación en el principio hobbesiano) da paso al “estado ulterior”. Es decir, al “Estado pacífico: “éste es el que nace del pacto que los iusnaturalistas llamaron pactum subiectonis (pacto de sumisión)”

Distingue, además Bobbio, dos jueces, uno que “no cuenta con el poder de coerción para obligar al cumplimiento de sus decisiones” - lo que hoy caracteriza al derecho internacional – y el otro juez que “como instancia superior cuenta con ese poder, ya que, por medio del pacto de sumisión, el uso legítimo de la fuerza fue depositada en él y sólo en él”. Es la existencia de una fuerza superior que garantiza la “la prohibición del recurso de la fuerza”, que tenga carácter obligatorio o consensual. Pero éste aún no existe.

La reconstrucción histórica racional para llegar a la formación del “Estado democrático”, especifica Bobbio, comprendió siglos, y sigue sucediendo, “aún en la mayoría de las relaciones que los Estados mantienen entre sí, (…) que se ha llamado sistema internacional”. Veamos lo que expone: En un primer momento, cuando se celebró el “pacto de no agresión entre miembros de la sociedad internacional”, fue sólo para un grupo limitados de Estados; luego, “con la sociedad de Naciones en principio pero no de hecho, y con la Organización de Naciones Unidas en principio y de hecho (salvo algunas excepciones), el pacto de no agresión recíproca incluye (…) a todos los miembros de la sociedad internacional”. En un segundo momento durante siglos la sociedad internacional no ha conocido sino el “Tercero que es mediador o árbitro”, se refiere al estado agonista, pero aún, señala, no evoluciona a un “estado pacífico”. Continúa el autor: A fines de la primera guerra mundial hace su aparición el juez, asumiendo la representación de “árbitro permanente” y como cuerpo superior de las partes, y es en la segunda guerra mundial donde toma relevancia “con la institución de la Corte Internacional de Justicia”. Pero, este juez “no puede recurrir para su ejecución a un poder coercitivo exclusivo” como un Estado a nivel interno. Entonces, este tercer momento prorroga el “estado anómico”, por la imposición de un Estado o un grupo de Estados superpuesto a otros; característica propia de un “poder autocrático”

Mas adelante dirá que “La Sociedad de Naciones” y ulteriormente la “Organización de naciones Unidas” son producto de “un pactum societati”, del que no se puede salir para llegar al “pactum subiectonis”. Es decir, la subordinación de los distintos participantes a “un poder común”, a quien se concede la prerrogativa del “poder coercitivo”. Hasta hace poco se trataba esencialmente sólo de “dos grandes potencias” razonablemente definido el “sistema internacional” como un sistema bipolar, que daba lugar a “un sistema de equilibrio recíproco”, fundado en “el equilibrio del terror”, principalmente por la potencia de las armas: “miedo recíproco”. En tanto hoy con el equilibrio de las “diversas potencias” y “el proceso de democratización” coexisten “yuxtapuestos en las relaciones internacionales” tanto el viejo sistema que pervive, con el nuevo que no logra eliminar al viejo sistema; porque según Bobbio, no se puede constituir en “un poder común fuerte”; porque la conservación del sistema antiguo disputa autoridad al nuevo. No obstante de ser legítimo el nuevo sistema por el consenso implícito o explícito del conjunto de los Estados; el problema radica en que éste “no tiene eficacia”. En cambio el viejo sistema pese a no tener legitimidad, “sigue siendo eficiente”; por tanto, continúa Bobbio, es complejo predecir “cuál de estos dos sistemas prevalecerá”.

Se inició este texto con la interrogante [de] “sí es posible para un Estado ser plenamente democrático dentro de un universo (aún) no democrático”; y, las “consecuencias de esta situación respecto al orden interno de los Estado democráticos”; y, concluye que a esa pregunta sólo se puede responder mediante el “sistema interno” por parte del “sistema internacional”, e investigando también cuales de ellas influyen directamente en el sistema democrático. Remarcando que el substancial resultado imperfecto de la evolución democratizadora “del orden internacional” tiene que ver con el recurso último que apelan las naciones, en sus conflictos que es “la violencia recíproca”. Reprobada por las normas vigentes pero nunca castigadas. Por tanto la conducta de un Estado es de supervivencia, que se asemeja al “estado de naturaleza” planteado por el filósofo ingles Thomas Hobbes

“En el sistema internacional” dirá Bobbio, los intereses vitales, que se encuentra en el “concepto salus”, hace que se “torne lícito, conforme al principio de que `el fin justifica los medios`, cualquier acto “moral o legalmente ilícito”. “De esta manera”, continúa: “lo que no es admisible en las relaciones internas” por que existe “una relación de jerarquía de mando obediencia entre gobernantes y gobernados (salvo en caso de excepción: “peligro público”); en “el sistema de Estados soberanos” es aceptado, porque no hay “relación alguna de mando – obediencia”; por tanto la seguridad de cada uno de los Estados, “depende única y exclusivamente de su capacidad de autodefensa (la que incluye naturalmente, la agresión preventiva)”. Por tanto es evidente que los Estados no puedan cumplir en la política exterior similares compromisos que “en la política interna”, y es este último ámbito, donde los Estados están “en condiciones de cumplir”.

Los actos gubernamentales, señala Bobbio, tienen compromisos y entre ellos el de mayor relevancia es “la visibilidad del poder”. Porque sólo de esta manera los ciudadanos disponen de mecanismos de censura, derechos inherentes del ciudadano en la vida democrática: el “control sobre los gobernantes”.
“La visibilidad del poder”, según Bobbio, “es revolucionario”, porque descarta, la inclinación arraigada en cualquier estructura de poder. De la misma manera los “Servicios secretos” de los Estados y sus acciones son “inaccesibles o incognoscibles” y tácitamente aceptadas. Debemos obligarles a hacerles manifiestos, sugiere Bobbio, porque aquello impide “la plena realización del principio de visibilidad del poder”. Porque no es posible “combatir el poder invisible si no es mediante otro poder invisible”.

Nos hallamos frente a un círculo vicioso, escribe Bobbio, que puede explicarse de la siguiente forma: “Los Estados podrán ser todos democráticos, sólo dentro de una sociedad internacional cabalmente democrática; sin embargo, ésta última supone que los Estados que la conforman sean democráticos. Así, el cumplimiento de un proceso es obstaculizado por el incumplimiento del otro”; señalando, que se puso en marcha el “proceso para la democratización de la sociedad internacional”, que puede llevarnos a pensar en que “las dos tendencias, en lugar de obstaculizarse mutuamente, se apoyan”. Sin embargo, concluye afirmando escépticamente, “sería prematuro transformar esta esperanza en una previsión”.

Podemos concluir señalando que: para el intelectual italiano, el sistema democrático internacional es únicamente una ilusión. Porque el “pacto de no agresión” entre los Estados ha sido nulo.

Jhonny Lazo Zubieta

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